Las áreas elegibles del Pago por Servicios Ambientales son producto de la integración de diversas fuentes oficiales de información cartográfica de los criterios de prelación del Componente IV. Servicios Ambientales de las Reglas de Operación del Programa Desarrollo Forestal Sustentable para el Bienestar, y de la aplicación de herramientas y procesos en sistemas de información geográfica aplicados a los archivos shapefile que permiten obtener una zona homogénea y delimitada, que representa las estrategias de políticas públicas y prioridades relacionadas a la conservación y provisión de servicios ambientales, con el objeto de aumentar la eficiencia y eficacia en el uso de los recursos presupuestales disponibles, de manera que se logren mejores impactos en la asignación de estos, al proteger áreas que brindan mayores beneficios ambientales y sociales.
A nivel nacional, se obtienen los puntajes a partir de un geoproceso simple (Union), que consiste en generar una clasificación estatal de puntajes de conformidad a las particularidades ambientales de la entidad.
Como resultado del geoproceso, se obtuvo un producto vectorial para cada Entidad Federativa con la suma de un análisis multicriterio, mismo que permite la priorización de áreas para el Pago por Servicios Ambientales; la cuales se clasificaron en cinco categorías: muy alta, alta, media, baja y muy baja.
Así mismo, se realizó un ejercicio que tomó como base la superficie forestal del país (Serie VII de uso del suelo y vegetación del INEGI), el índice de presión económica a la deforestación del INECC (2018) y un factor de corrección que se determinó de acuerdo a la importancia de cada ecosistema forestal (proporción de monto otorgado por el servicio ambiental establecido en las áreas de pago y la disposición de recibir un monto por parte de solicitantes). Dicho ejercicio permitió obtener porcentajes de representatividad por Entidad Federativa focalizando las superficies forestales que resultan prioritarias para la intervención del PSA.
Una vez obtenidos estos porcentajes de representatividad, se promediaron los valores por Entidad Federativa en la superficie del área elegible con respecto a la del 2022.
Delimitadas las áreas elegibles se corrió el proceso para la determinación de las áreas de pago diferenciado, considerándose los insumos cartográficos de la Serie VII de uso del suelo y vegetación de INEGI escala 1:250 000 y la cobertura del Índice de Presión Económica a la Deforestación elaborado por el INECC (2018). Como resultado se consideraron 8 áreas de pago diferenciado, desglosadas de la siguiente manera: 1, 2, 3A, 3B, 4A, 4B, 5 y 6.
Finalmente, para obtener las áreas elegibles 2023, se realizó un proceso de edición manual basado en la extracción de las áreas no forestales utilizando como insumo principal las imágenes de satélite del Sensor SPOT 6 y 7 con resolución de 1.5 metros para afinar el ejercicio de exclusión de áreas agrícolas, degradadas, urbanas, cuerpos de agua, etc.